· El arrendador podrá dar
por terminado el contrato en cualquier momento, tras previo aviso con
tres meses de anticipación y el pago de una indemnización
correspondiente a tres meses de arriendo al arrendatario.
· Para dar por terminado el contrato,
el arrendador debe informar al propietario con un mínimo de tres
de meses antes de la fecha en que se presupuesta entregar el inmueble.
Por este motivo, el inquilino deberá pagar una indemnización
al arrendador según lo establece la Ley.
Otras causas
El arrendador podrá solicitar a su inquilino
la devolución del inmueble, en caso que tengan lugar los siguientes
hechos:
· Si el propietario requiere el inmueble para ocuparlo por un
término que no debe ser inferior a un año.
· En caso de que el inmueble deba
demolerse para dar paso a una nueva construcción.
· Si el propietario vende el bien
raíz.
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